Artículo 14. Otras normas específicas del régimen jurídico y organizativo del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios.
Artículo 14 de la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura. · BOE-A-2008-10058
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-05-27.
Texto consolidado
1. El régimen de la Tesorería del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios será el general de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de las adaptaciones reglamentarias que sea preciso realizar para atender las necesidades de operatividad, que le sean propias.
2. El presupuesto del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios deberá incluirse en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura de forma diferenciada.