Artículo 14. Reglamento Orgánico y de Funcionamiento.
Artículo 14 de la Ley 1/2004, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía. · BOE-A-2005-655
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-01.
Texto consolidado
1. Dentro del marco establecido en la presente Ley, el Reglamento Orgánico y de Funcionamiento desarrollará las funciones, el régimen interior y de administración y las demás previsiones que sean necesarias para facilitar el adecuado funcionamiento del Consejo Audiovisual de Andalucía, pudiendo crear al efecto las Comisiones que se consideren convenientes.
2. El Reglamento Orgánico y de Funcionamiento regulará las sustituciones del Presidente y Secretario General.
3. Corresponde al Consejo Audiovisual de Andalucía la elaboración y aprobación del proyecto de su Reglamento Orgánico y de Funcionamiento, así como las propuestas de modificación del mismo. La aprobación del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento y sus modificaciones se harán por Decreto del Consejo de Gobierno.