Artículo 14. Pago.
Artículo 14 del Decreto-ley 25/2020, de 16 de junio, de medidas extraordinarias en materia social y de carácter fiscal y administrativo. · BOE-A-2020-8754
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-18.
Texto consolidado
Se concederá un anticipo del 95 por ciento del importe de la ayuda, que se realizará en la misma resolución de otorgamiento, sin necesidad de aportar ningún aval o garantía, atendiendo la urgencia y la necesidad de paliar los efectos provocados por la crisis sanitaria de la COVID-19.