Artículo 14. Agregación parcial de municipios.
Artículo 14 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña. · DOGC-f-2003-90008
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-21.
Texto consolidado
Puede procederse a la agregación parcial en los supuestos establecidos por el artículo 13.1.b) y 13.1.c).