Artículo 14. Regulación.
Artículo 14 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. · BOPV-p-1998-90002
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-20.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo señalado en los artículos 12 y 13, los organismos autónomos se regirán, en relación con las materias propias de la Hacienda General del País Vasco, por las disposiciones referentes a las mismas que les sean de expresa aplicación y, en lo que no las contradigan, por las demás normas aplicables a toda entidad de la Comunidad Autónoma que se rija por el derecho público o, en defecto de éstas, por las establecidas para la Administración de la Comunidad Autónoma.