Artículo 14. Reconocimiento de períodos de seguro cumplidos en determinadas profesiones.
Artículo 14 del Convenio entre España y Australia sobre Seguridad Social, hecho en Madrid el 31 de enero de 2002. · BOE-A-2002-24712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
Si la legislación española condiciona el derecho o la concesión de determinados beneficios al requisito de que se hayan cumplido períodos de seguro acreditados en España en una profesión o empleo específico, se tendrán en cuenta, a tal efecto, los períodos de residencia laboralmente activa australiana en los cuales se haya ejercido una actividad o empleo similar.