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Real Decreto Vigente

Artículo 14 bis. Tiempo de trabajo y descanso del personal aeronáutico de tierra.

Artículo 14 bis del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo. · BOE-A-1995-21346

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-19.

Texto consolidado

Las disposiciones comunes contenidas en los artículos 8 y 9 de este real decreto serán de aplicación al personal aeronáutico de tierra en la forma que determinen los convenios colectivos y la normativa en vigor.

De esta forma se determinará la actividad laboral del personal aeronáutico de tierra y el régimen de descansos, con respeto en todo caso a lo dispuesto en la normativa en vigor en materia de seguridad aérea.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-03-19.

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