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Acuerdo Derogada

Artículo 14. Adquisición de la condición de funcionario.

Artículo 14 del Acuerdo de 27 de marzo de 2006, adoptado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta por el que se aprueba el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. · BOE-A-2006-6086

Atención: BOE-A-2006-6086 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La condición de funcionario de las Cortes Generales se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:

a) Superación de las pruebas selectivas correspondientes.

b) Nombramiento que será conferido conjuntamente por los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado.

c) Juramento o promesa de acatamiento a la Constitución, obediencia a las leyes y ejercicio imparcial de sus funciones.

d) Toma de posesión dentro del plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-04-01.

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