Artículo 139. Naturaleza.
Artículo 139 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña. · BOE-A-2003-4932
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-12.
Texto consolidado
1. La configuración jurídica del Consorcio Agencia para la Calidad del Sistema Universitario en Cataluña, creada por el Decreto 355/1996, de 29 de octubre, se modifica y adopta la forma jurídica de entidad de derecho público de la Generalidad de Cataluña que ajusta su actividad al derecho privado, vinculada al departamento competente en materia de universidades, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y patrimonio propio para el cumplimiento de sus funciones.
2. La Agencia para la Calidad del Sistema Universitario en Cataluña, pasa a denominarse Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña.