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Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 139.

Artículo 139 del Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre Incendios Forestales. · BOE-A-1973-208

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-28.

Texto consolidado

Las faltas administrativas leves podrán ser sancionadas con multas de un importe máximo de 5.000 pesetas; las graves con multas hasta de 50.000 pesetas, y las muy graves, con multas que pueden ascender hasta 500.000 pesetas.

Téngase en cuenta que mantendrá su vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha normativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-03-28.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo, de modificación de diversos reglamentos del área de medio ambiente para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley de libre acceso a actividades de servicios y su ejercicio..

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