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Ley Vigente

Artículo 137. Autorización de usos y actividades en ausencia de Plan Rector de Uso y Gestión.

Artículo 137 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza. · BOE-A-1999-16378

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-25.

Texto consolidado

En ausencia de Plan Rector de Uso y Gestión, todos los proyectos, actividades, obras o trabajos que pretendan realizarse en un Parque Nacional deben ser previamente autorizados por el Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha, previo informe favorable del Patronato, todo ello sin perjuicio de que para su realización la legislación sectorial atribuya competencias sustantivas a otras administraciones públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-25.

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