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Ley Vigente

Artículo 136. Órganos de coordinación docente.

Artículo 136 de la Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria. · BOE-A-2009-1174

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-13.

Texto consolidado

1. La Consejería de Educación regulará el funcionamiento de los órganos de coordinación docente y de orientación, y potenciará los equipos de profesores que impartan clase en el mismo curso o ciclo, así como la colaboración y el trabajo en equipo de los profesores que impartan clase a un mismo grupo de alumnos.

2. En los centros públicos que impartan Educación infantil, Educación primaria y Educación secundaria, existirán los órganos de coordinación que se recogen en los artículos siguientes de esta sección y aquellos otros órganos de coordinación que determine la Consejería de Educación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-02-13.

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