Artículo 136. Reincidencia.
Artículo 136 de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6874
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-25.
Texto consolidado
Existe reincidencia cuando el autor hubiera sido sancionado con carácter firme por una infracción de la misma o análoga naturaleza en el transcurso de una misma temporada deportiva.