Artículo 136. Concepto de infracción de las normas de la conducta y la convivencia deportivas.
Artículo 136 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771
Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A los efectos de la presente ley, son infracciones de las normas de la conducta y la convivencia deportivas las acciones u omisiones tipificadas, con carácter general, en el capítulo IV de este título y las otras que, en sus estatutos y reglamentos, determinen los clubes, las agrupaciones y las federaciones deportivas.