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Ley Derogada

Artículo 136. Potestad sancionadora.

Artículo 136 de la Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco. · BOE-A-2011-20657

Atención: Ley 14/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El ejercicio de la potestad sancionadora corresponderá, en la esfera de sus competencias, al Gobierno Vasco, a las Diputaciones Forales y a los Ayuntamientos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-15.

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