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Ley Derogada

Artículo 136. Reingreso al servicio activo.

Artículo 136 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la Función Pública Valenciana. · BOE-A-2010-12629

Atención: Ley 10/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El reingreso al servicio activo del personal que no tenga reserva de puesto de trabajo se efectuará mediante su participación en las convocatorias de concurso o libre designación para la provisión de puestos de trabajo.

2. Asimismo, el reingreso podrá efectuarse por adscripción provisional, condicionado a las necesidades del servicio y siempre que se reúna los requisitos del puesto.

3. Reglamentariamente se regularán los plazos, procedimientos y condiciones, según las situaciones administrativas de procedencia, para solicitar el reingreso al servicio activo del personal funcionario de carrera, con respeto a la reserva de puesto de trabajo en los casos en que proceda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-08-14.

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