El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 135. Requisitos para la inscripción registral.

Artículo 135 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda. · BOE-A-2008-3657

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.

Texto consolidado

1. Los registradores no pueden inscribir en el Registro de la Propiedad escrituras que no hayan cumplido lo establecido en los artículos 132 a 134, relacionadas con los deberes y obligaciones que en ellos se establecen.

2. Las limitaciones establecidas por la regulación de los derechos de adquisición preferente de la Administración pública, y las garantías del ejercicio de estos derechos, deben consignarse expresamente en la correspondiente inscripción registral, en los términos establecidos por la presente ley y por la legislación hipotecaria.

3. El acto administrativo de ejercicio de los derechos de adquisición preferente es título suficiente para que la Administración pública correspondiente efectúe la inscripción de la adquisición.

4. No pueden inscribirse en el Registro de la Propiedad las transmisiones de viviendas de protección oficial efectuadas si no se acredita que se han realizado las notificaciones establecidas por la presente ley.

5. En los supuestos a que se refiere el apartado primero del artículo 132.a, los registradores deben hacer constar, en una nota marginal en la inscripción, que la vivienda transmitida queda sujeta a la ejecución de las obras de rehabilitación o de derribo. Dicha nota marginal se cancela con la presentación de la cédula de habitabilidad, una vez finalizadas las obras de rehabilitación, o con la certificación municipal acreditativa del derribo realizado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-546.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 18/2007

En El Vínculo puedes leer Ley 18/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.