Artículo 134. Dispensas.
Artículo 134 del Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada. · BOE-A-1995-608
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-01-11.
Texto consolidado
Será de aplicación a esta sección lo dispuesto sobre dispensas en el artículo 129 del presente Reglamento.