Artículo 134. Concepto y régimen jurídico.
Artículo 134 de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2021-2849
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-19.
Texto consolidado
1. A los efectos de esta ley, son empresas públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha aquellas sociedades mercantiles en las que la Administración regional y sus organismos públicos y entidades de derecho público tengan una participación directa o indirecta por medio de otras sociedades superior al cincuenta por ciento, o dispongan de la mayoría absoluta de los derechos de voto, o tengan la facultad de nombrar a más de la mitad de los miembros del órgano de administración.
2. Estas sociedades se regirán por el ordenamiento jurídico privado, sin perjuicio de las especialidades previstas en esta ley y la normativa de derecho público que le sea de aplicación en materia presupuestaria, contable, personal, contratación, subvenciones y control económico y financiero.