Artículo 134. Sanciones.
Artículo 134 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2015-5490
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-29.
Texto consolidado
Las infracciones tipificadas en el artículo anterior podrán dar lugar a la imposición de las siguientes sanciones:
a) En el caso de infracción muy grave:
Multa desde 240.401 hasta 2.404.000 euros.
b) En el caso de infracción grave:
Multa desde 24.001 hasta 240.400 euros.
c) En el caso de infracción leve:
Multa de hasta 24.000 euros.