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Real Decreto Vigente

Artículo 133. Definición, elección y mandato.

Artículo 133 del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.

Texto consolidado

1. La persona titular de la Dirección de escuela de doctorado es la máxima autoridad de la escuela y su mandato será de seis años improrrogables y no renovables.

2. Será elegida entre el personal docente e investigador de la escuela de doctorado con vinculación permanente a la UNED en posesión de al menos tres sexenios de investigación reconocidos de acuerdo con la normativa vigente, pudiéndose establecer requisitos ulteriores para presentar su candidatura a desempeñar el cargo.

3. Se elegirá mediante elección directa, libre y secreta por sufragio universal por el personal docente e investigador, el personal técnico, de gestión y de administración y servicios y el estudiantado adscrito a la escuela de doctorado correspondiente.

4. El voto será ponderado por sectores de la comunidad universitaria de acuerdo con los siguientes porcentajes:

a) 58 por ciento de cuerpos docentes universitarios funcionarios y profesorado permanente laboral.

b) 10 por ciento de las restantes categorías del personal docente e investigador.

c) 7 por ciento del personal investigador predoctoral en formación.

d) 20 por ciento del resto de estudiantes de doctorado.

e) 5 por ciento del personal técnico, de gestión y de administración y servicios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-03-13.

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