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Ley Vigente

Artículo 132. Evaluación de la función directiva.

Artículo 132 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears. · BOE-A-2022-9385

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-18.

Texto consolidado

1. La evaluación de la función directiva debe basarse en la evaluación tanto de la tarea como del proyecto de los equipos directivos y deben participar en ella el claustro, el consejo escolar y la Inspección Educativa.

2. La evaluación se llevará a cabo sobre los principales ámbitos de actuación reflejados en el proyecto de dirección y se tendrán en cuenta los resultados de las evaluaciones internas, las autoevaluaciones y las evaluaciones externas del centro. Durante el proceso de evaluación, la persona evaluada puede exponer a la comisión evaluadora, en su caso, los diferentes factores que han condicionado la ejecución del proyecto de dirección. La evaluación negativa supone la revocación del cargo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-18.

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