Artículo 132-7. Reducción aplicable en las localidades afectadas por determinadas inundaciones.
Artículo 132-7 del Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos. · BOA-d-2005-90006
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-01.
Texto consolidado
(Derogado)
Se añade, con efectos exclusivos para el año 2015, por el art. 3 de la Ley 2/2015, de 25 de marzo. Ref. BOE-A-2015-5292.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-903.
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