Artículo 131. Contratación urgente de personal.
Artículo 131 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León. · BOE-A-2014-3562
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-21.
Texto consolidado
1. La declaración de la existencia de una plaga agrícola o epizootia cuya lucha ha sido declarada de utilidad pública tendrá la consideración de circunstancia excepcional de extraordinaria urgencia y necesidad, a los efectos de la contratación de personal laboral temporal.
2. Asimismo, la declaración de la existencia de una plaga agrícola o epizootia cuya lucha ha sido declarada de utilidad pública tendrá la consideración de urgente necesidad, a los efectos contemplados en el artículo 15 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, con relación al personal interino.