Artículo 130. Acceso a la ayuda.
Artículo 130 del Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. · BOE-A-2026-8872
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-24.
Texto consolidado
Las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla realizarán convocatorias de esta ayuda, preferiblemente abiertas de forma continuada y permanente.
Las subvenciones correspondientes a esta ayuda también podrán concederse de forma directa conforme a lo establecido en del artículo 22.2.c de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, por razones sociales y humanitarias, habida cuenta de la evidente y notoria urgencia y necesidad de dotar de solución habitacional a todas las personas potenciales beneficiarias de la ayuda regulada en este programa y siempre dentro de las disponibilidades presupuestarias.