Artículo 130. Concepto y clasificación de las infracciones.
Artículo 130 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia. · BOE-A-2018-1750
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-14.
Texto consolidado
1. Constituyen infracciones administrativas las acciones y omisiones tipificadas y sancionadas en la presente ley.
2. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.