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Real Decreto Vigente

Artículo 13. Instalaciones y equipos de inspección.

Artículo 13 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos. · BOE-A-2017-12841

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-20.

Texto consolidado

1. Las instalaciones y los equipos utilizados para realizar las inspecciones técnicas de vehículos cumplirán los requisitos técnicos mínimos previstos en el anexo III.

2. Las estaciones ITV mantendrán sus instalaciones y equipos de acuerdo con las especificaciones proporcionadas por los respectivos fabricantes.

3. Los equipos utilizados para las mediciones se calibrarán periódicamente de acuerdo con el anexo III, y se someterán a las verificaciones metrológicas que correspondan, de acuerdo con lo establecido en la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-20.

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