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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 13. Servicios administrativos.

Artículo 13 del Real Decreto 862/1998, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto de Toxicología. · BOE-A-1998-13070

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-24.

Texto consolidado

Para su funcionamiento el Instituto contará con el personal de apoyo necesario que se establezca en las relaciones de puestos de trabajo, para realizar funciones técnicas y administrativas de gestión económica, de personal, de obras, de sistemas informáticos y de comunicación y otras análogas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-24.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-1788.

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