El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 13. Gestión del FONPRODE.

Artículo 13 del Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo. · BOE-A-2011-10973

Atención: Real Decreto 845/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La gestión del FONPRODE, incluido el estudio, la planificación, la negociación y el seguimiento de las operaciones con cargo al mismo, es competencia del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, sin perjuicio de las competencias que la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del Fondo para la Promoción del Desarrollo atribuye a otros órganos y departamentos ministeriales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-26.

Más artículos de Real Decreto 845/2011

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 845/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.