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Real Decreto Vigente

Artículo 13. Compatibilidad.

Artículo 13 del Real Decreto 388/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E. (SAECA) por titulares de explotaciones agrarias, de operadores económicos del sector pesquero o de industrias agroalimentarias que garanticen préstamos para su financiación. · BOE-A-2021-9174

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-03.

Texto consolidado

1. Las subvenciones previstas en este real decreto serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

2. No obstante, el importe acumulado de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada ni los límites establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, o en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, o en el Reglamento (UE) n.º 717/2014, de la Comisión, de 27 de junio de 2014, en función del tipo de perceptor.

3. Asimismo, en caso de obtención concurrente de ayudas otorgadas para la misma finalidad por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, cuando el importe total de las subvenciones percibidas por cada beneficiario supere el coste de toda la actividad subvencionable que se vaya a desarrollar para el período de que se trate, dará lugar a la reducción que corresponda en el importe de las subvenciones reguladas en este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-03.

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