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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 13. Documentación y plazos.

Artículo 13 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura. · BOE-A-2016-6569

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-21.

Texto consolidado

1. Una extensión de norma solo podrá ser solicitada por una única organización profesional a la Administración competente, sin que sea posible una solicitud conjunta de varias organizaciones profesionales con el mismo objeto.

2. (Suprimido)

3. El plazo para solicitar una extensión de norma a la Administración competente será de al menos cuatro meses de antelación a la fecha prevista de entrada en vigor.

Se suprime el apartado 2 por el art. único.16 del Real Decreto 664/2023, de 18 de julio. Ref. BOE-A-2023-16726

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-07-21.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-16726.

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