Artículo 13. Informe del análisis de las quejas.
Artículo 13 del Real Decreto 176/2014, de 21 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las iniciativas y quejas relativas al régimen de personal y a las condiciones de vida que pueda plantear el militar. · BOE-A-2014-3673
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-04-08.
Texto consolidado
1. Anualmente, todos aquellos jefes de unidad que hayan recibido quejas, deberán elaborar un informe que remitirán a los mandos o jefatura de personal correspondiente que incluirá la relación de todas las quejas recibidas, los acuerdos adoptados y las quejas que han sido inadmitidas, así como una propuesta que aborde aquellos aspectos que consideren puedan resolver o mitigar las causas que originaron las mismas.
2. A continuación, el mando o jefatura de personal elaborará un informe en el que analizará todas las quejas tramitadas a través de los jefes de unidad, así como las que hubiera recibido directamente. Dicho análisis será remitido a la Subsecretaría de Defensa.
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