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Real Decreto Vigente

Artículo 13. Condiciones económicas de los conciertos.

Artículo 13 del Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. · BOE-A-2011-18321

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-23.

Texto consolidado

La fijación de las tarifas aplicables a los conciertos de asistencia sanitaria que suscriban las mutuas con medios sanitarios y recuperadores privados deberá ajustarse, entre los precios de mercado en el área geográfica de influencia, y en función de la utilización de tales servicios sanitarios y recuperadores, al precio económicamente más ventajoso para la mutua.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-11-23.

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