Artículo 13. Arma corta.
Artículo 13 de la Orden PCM/208/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil. · BOE-A-2023-5703
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-24.
Texto consolidado
El porte de arma corta con su funda en los uniformes se regulará en las disposiciones que dicte la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil.