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Orden Derogada

Artículo 13. Errores máximos permitidos.

Artículo 13 de la Orden ITC/360/2010, de 12 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de los sistemas de medida de líquidos distintos del agua denominados surtidores o dispensadores destinados al suministro a vehículos automóviles de sustancias no destinadas a su uso como combustible. · BOE-A-2010-2884

Atención: Orden ITC/360/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los errores máximos permitidos en la verificación periódica son los indicados en el anexo III.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-02-24.

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