Artículo 13. Información a los interesados.
Artículo 13 de la Orden HAP/547/2013, de 2 de abril, por la que se crea y se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. · BOE-A-2013-3701
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-04-09.
Texto consolidado
Las sedes electrónicas del Departamento contendrán información que facilite a los interesados la utilización de los sistemas de identificación y firma electrónica previstos en la Ley, o el enlace con la dirección en que dicha información se contenga. De igual modo, se incluirá información detallada sobre la utilización, validación y conservación de los ficheros de acuse de recibo entregados como consecuencia de la presentación de cualquier tipo de documento ante el Registro Electrónico.