Artículo 13.
Artículo 13 de la Orden de 4 de septiembre de 1998 para la aplicación del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero, sobre mejoras estructurales y modernización de las explotaciones agrarias. · BOE-A-1998-21442
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-09-12.
Texto consolidado
A los efectos de justificación del importe de las inversiones realizadas, el correspondiente a la aportación de mano de obra propia de la explotación se acreditará de acuerdo con lo establecido al respecto por las Comunidades Autónomas.