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Orden Derogada

Artículo 13. Contenido de la acreditación.

Artículo 13 de la Orden de 11 de diciembre de 1995 por la que se establecen las disposiciones relativas a las autorizaciones de ensayos y experiencias con productos fitosanitarios. · BOE-A-1995-27261

Atención: BOE-A-1995-27261 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las resoluciones estimatorias de las solicitudes de acreditación determinarán el plazo de duración de la misma, que será como máximo de cinco años.

2. Esta acreditación implica la autorización genérica para realizar ensayos con fines de investigación o desarrollo a que se refiere el artículo 7.

3. El otorgamiento de la acreditación implica el cumplimiento de las condiciones establecidas en el anexo III de la Orden de 4 de agosto de 1993 y, en el apartado 2 del artículo 9 de la presente Orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-12-20.

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