El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente 3 redacciones

Artículo 13.

Artículo 13 de la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja. · BOE-A-1982-15030

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

Texto consolidado

La Comunidad Autónoma de La Rioja asume desde su constitución todas las competencias, medios y recursos que, según las leyes, correspondan a la Diputación Provincial de La Rioja.

Los órganos de representación y gobierno de la Diputación Provincial establecidos por la legislación de régimen local, quedan sustituidos en la provincia de La Rioja por los propios de la Comunidad Autónoma, en los términos de este Estatuto. La Diputación General de La Rioja determinara, según su naturaleza, la distribución de las competencias de la Diputación Provincial entre los distintos órganos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, previstos en el artículo dieciséis de este Estatuto.

Su anterior numeración era art. 14.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-28.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1999-339.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley Orgánica 3/1982

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 3/1982 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.