Artículo 13. Comunicación.
Artículo 13 de la Ley 9/2022, de 23 de noviembre, de régimen jurídico y de procedimiento de las actividades sujetas a autorización ambiental integrada. · BOE-A-2023-2978
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-19.
Texto consolidado
La comunicación de una modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada la debe presentar la empresa promotora o la persona titular, con todos los datos identificativos, ante la consejería competente en materia de medio ambiente, y tiene que ir acompañada de la documentación siguiente:
a) Memoria justificativa que indique razonadamente la consideración de modificación no sustancial, según los criterios que señala el artículo 10.2 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, y el artículo 14 del Real Decreto 815/2013, o la norma que los sustituya. A esta memoria se tienen que adjuntar los documentos justificativos de las razones expuestas.
b) Documentación acreditativa del objeto de la modificación no sustancial, que tiene que incluir la relación de obras que se tienen que ejecutar con la valoración económica y los planos justificativos, si procede.
c) Los datos o los documentos que se determinen reglamentariamente.
d) El justificante de pago de los tributos correspondientes, si procede.