El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 13. Exenciones.

Artículo 13 de la Ley 9/2011, de 10 de mayo, de tasas consulares. · BOE-A-2011-8222

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-11.

Texto consolidado

Estarán exentas del pago de la tasa las actuaciones siguientes:

a) La autorización de un diario o cualquier libro de navegación destinado a los oficiales en prácticas o a los alumnos de náutica, máquinas o radioelectrónica.

b) El visado de las tarjetas y documentos de los alumnos de náutica, máquinas o radioelectrónica y de las escuelas de aviación civil, haciendo constar el tiempo de su formación profesional.

c) El enrolamiento o desenrolamiento de alumnos de náutica, máquinas o radioelectrónica.

d) Los expedientes instruidos de oficio sobre accidentes de mar o naufragios y los que origine la acción gubernativa de los cónsules que visiten los barcos nacionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-08-11.

Más artículos de Ley 9/2011

En El Vínculo puedes leer Ley 9/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.