Artículo 13. La cooperación económica.
Artículo 13 de la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de cooperación al desarrollo. · BOE-A-2006-20185
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-19.
Texto consolidado
La cooperación económica en condiciones no reembolsables consistirá en la realización de aportaciones a proyectos de inversión con la finalidad de mejorar el capital físico de los países beneficiarios, así como en aportaciones a programas y proyectos de ayuda a los diferentes sectores de estos países, tales como el educativo, el sanitario, el agroalimentario, el de infraestructuras, el social o el productivo.