Artículo 13. Escalas de los cuerpos generales.
Artículo 13 de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. · BOE-A-2021-20732
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-23.
Texto consolidado
A) En los cuerpos generales se crean las escalas siguientes:
a) Escala de Administración en el Cuerpo Superior de Administración.
b) Escala de Gestión Administrativa en el Cuerpo de Gestión Administrativa.
c) Escala Administrativa en el Cuerpo Administrativo.
d) Escala Auxiliar Administrativa en el Cuerpo Auxiliar de Administración.
B) Las funciones básicas de las escalas de los cuerpos generales coinciden con las de los cuerpos en los que se agrupan.