Artículo 13. Control por las Cortes de Castilla y León.
Artículo 13 de la Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León. · BOE-A-2002-10231
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-29.
Texto consolidado
1. (Derogado).
2. El Director general del Instituto presentará ante las Cortes de Castilla y León una Memoria durante el primer periodo de sesiones de cada año describiendo el cumplimiento de los objetivos programados y los resultados de las actuaciones realizadas durante el año vencido, para su debate en las Cortes.#dd
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León..