Artículo 13. Composición.
Artículo 13 de la Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso. · BOE-A-2007-22437
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-29.
Texto consolidado
1. La Junta Interministerial Reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso (JIMDDU) queda adscrita funcionalmente al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y estará compuesta por representantes de los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio, de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Defensa, de Economía y Hacienda y del Interior, con categoría mínima de Director General.
2. La Junta ajustará su funcionamiento a lo regulado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en sus normas reguladoras de desarrollo.