Artículo 13. Daños en establecimientos mercantiles o industriales.
Artículo 13 de la Ley 5/2018, de 17 de octubre, para la protección, reconocimiento y memoria de las víctimas del terrorismo. · BOE-A-2018-16540
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-26.
Texto consolidado
Los establecimientos mercantiles o industriales que como consecuencia de una acción terrorista sufran daños en la estructura, instalaciones, mobiliario y equipo necesarios para su funcionamiento, cuando hayan solicitado créditos para atender los gastos de reparación, podrán recibir ayudas equivalentes al coste financiero de los créditos solicitados, con el límite indicado en el artículo 8.1.
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