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Ley Vigente

Artículo 13.

Artículo 13 de la Ley 5/1997, de 26 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Andalucía. · BOE-A-1997-27659

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-12-05.

Texto consolidado

1. La Comisión Permanente está compuesta por el Presidente, los Vicepresidentes, un miembro por cada uno de los tres grupos integrantes del Consejo, elegidos por el Pleno, a propuesta de aquéllos, y estará asistida por el Secretario general.

2. La Comisión Permanente tiene como funciones:

a) Preparar las sesiones del Pleno.

b) Estudiar, tramitar y resolver cuantas cuestiones le sean encomendadas por el Pleno, incluida la emisión de dictámenes.

c) Cuantas se deriven del Reglamento de Organización y Funcionamiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-12-05.

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