Artículo 13. Ayudas crediticias.
Artículo 13 de la Ley 4/2018, de 10 de abril, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2018-6220
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-13.
Texto consolidado
Aquellos damnificados que hayan sido perjudicados en los bienes que posean para su actividad comercial o industrial y soliciten créditos puente para atender los gastos de reparación podrán recibir ayudas consistentes en la subvención equivalente al coste financiero de los créditos puente solicitados. El régimen jurídico de estas ayudas se someterá a su correspondiente norma reguladora y demás normativa aplicable en materia de subvenciones.
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- Ver la norma completa: Ley 4/2018, de 10 de abril, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.