Artículo 13. Titularidad de la Presidencia.
Artículo 13 de la Ley 4/2004, de 30 de noviembre, del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales. · BOE-A-2005-896
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-02.
Texto consolidado
La Presidencia del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales recaerá en quien sea titular de la Consejería de adscripción.