Artículo 13.
Artículo 13 de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. · BOE-A-1993-1776
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-09-03.
Texto consolidado
En tanto que representación de la configuración territorial de la Región, el Sistema Territorial de Referencia ha de ser tenido en cuenta para la elaboración de las distintas actuaciones, públicas y privadas, de incidencia territorial, en la formulación de la programación económica regional y los proyectos de presupuestos de la Comunidad y en la elaboración del planeamiento territorial y sectorial.